Derecho Laboral Corporativo

ERTEs en Tenerife: Guía Legal para Empresas

Todo lo que necesitas saber sobre ertes en tenerife: guía legal para empresas en 2026. Guía completa redactada por Antúnez Abogados.

ERTEs en Tenerife: Guía Legal para Empresas

ERTEs en Tenerife: Guía Legal para Empresas

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Secondary keywords: ERTE Tenerife 2026, abogado laboral ERTE Tenerife, SEPE ERTE Tenerife, ERTE empresa Tenerife, reduccion de jornada ERTE, suspension de contrato ERTE, reclamar ERTE Tenerife, fraude ERTE
Sitio: alamoantunez.com
Estado: Borrador largo 8000w+ listo para revision interna
Palabras objetivo: 8.000+


Si has llegado aqui porque tu empresa te ha comunicado un ERTE, porque eres empresario y no sabes si te conviene tramitar uno, o porque el SEPE no te esta cuadrando, lo primero es separar el ruido de lo importante.

Un ERTE no es un despido. Tampoco es una palabra magica que permita a una empresa hacer casi cualquier cosa. Y desde luego no es un procedimiento que se deba improvisar con una carta genrica, dos llamadas y una hoja de Excel mal hecha.

En Tenerife, como en el resto de Espana, un ERTE puede ser una herramienta legitima para ajustar temporalmente la actividad cuando existen causas reales. Pero tambien puede convertirse en una fuente de errores serios, conflictos con la plantilla, incidencias con el SEPE, problemas de cotizacion y, en los casos mas graves, en sanciones por fraude.

Por eso esta guia no esta escrita solo para captar una keyword. Esta pensada para responder bien a lo que de verdad busca la gente cuando escribe en Google cosas como:

  • "me han metido en un ERTE en Tenerife que significa"
  • "cuanto se cobra de ERTE en 2026"
  • "ERTE empresa pequena Tenerife pasos"
  • "puedo trabajar en otra empresa si estoy en ERTE"
  • "mi empresa me hace trabajar estando en ERTE"
  • "el SEPE no me paga el ERTE"
  • "diferencia entre suspension y reduccion de jornada"
  • "como tramitar un ERTE ETOP en Canarias"

Y tambien para responder a las dudas menos obvias que hoy importan mucho en SEO, GEO y AIO:

  • que cosas cambian segun sea un ERTE ETOP o de fuerza mayor;
  • cuando hay que mirar de verdad el Estatuto de los Trabajadores y cuando hay que mirar el SEPE;
  • que errores del borrador habitual se repiten una y otra vez;
  • y que consejos son utiles sin caer en afirmaciones exageradas o desactualizadas.

Esta es una guia pilar. Va dirigida tanto a trabajadores como a empresas. Tiene foco en Tenerife y Canarias, pero sin perder la base estatal que manda en la mayor parte de la regulacion. Y esta escrita con una idea clara: en temas laborales y de prestaciones, la precision importa mas que la seguridad aparente con la que alguien habla.

Si solo necesitas un resumen urgente, aqui lo tienes.


Resumen rapido: que debes saber sobre un ERTE en Tenerife en 2026

  1. El ERTE suspende temporalmente contratos o reduce jornada; no extingue la relacion laboral.
  2. Las dos vias mas habituales son el ERTE ETOP y el ERTE por fuerza mayor temporal.
  3. En reduccion de jornada, la reduccion debe moverse entre el 10 % y el 70 %.
  4. La empresa sigue obligada a ingresar la aportacion empresarial a la Seguridad Social.
  5. La persona trabajadora afectada por ERTE debe inscribirse como demandante de empleo, salvo formulas colectivas habilitadas.
  6. Para cobrar prestacion contributiva en ERTE ETOP, con caracter general hay que tener al menos 360 dias cotizados; en fuerza mayor hay una regla distinta.
  7. La cuantia de la prestacion no es siempre el 70 % indefinidamente: en la regla general del SEPE es el 70 % durante los primeros 180 dias y el 60 % a partir del dia 181.
  8. No existe una prohibicion absoluta y universal de despedir "durante y seis meses despues" en todos los ERTE. Ese compromiso de mantenimiento del empleo aparece vinculado a determinadas exoneraciones y hay que leer bien el caso concreto.
  9. La empresa no puede usar el ERTE para tener a la plantilla parada de cara al papel y trabajando de facto. Eso es una de las formas mas claras de fraude.
  10. Si eres trabajador y algo no cuadra, documenta todo desde el primer dia: carta, cuadrantes, WhatsApps, nominas, certificados y movimientos bancarios.

Si estas en modo urgencia:

  • Trabajador: revisa ya si te han comunicado suspension total o reduccion de jornada, si la fecha de efectos es correcta y si el SEPE tiene tus datos bien.
  • Empresa: no copies una plantilla vieja. Define causa, personas afectadas, porcentaje o dias de afectacion, calendario, comunicaciones y gestion con SEPE/TGSS antes de mover una sola pieza.

Consulta inicial y revision del caso: llama al 822 04 33 35 o escribe por WhatsApp.
En asuntos de ERTE, los errores de la primera semana suelen costar mucho mas que pedir asesoramiento a tiempo.


Indice de esta guia

  1. Que es un ERTE y que no es
  2. Diferencia entre ERTE, ERE, despido objetivo y modificacion sustancial
  3. Tipos de ERTE que importan en 2026
  4. ERTE de suspension y ERTE de reduccion de jornada
  5. Cuando una empresa de Tenerife puede plantearse un ERTE
  6. Cuando un trabajador debe empezar a sospechar que el ERTE esta mal enfocado
  7. Procedimiento del ERTE ETOP paso a paso
  8. Procedimiento del ERTE por fuerza mayor paso a paso
  9. Autoridad laboral y tramites en Canarias
  10. Prestacion del SEPE en un ERTE: requisitos reales
  11. Cuanto se cobra en ERTE en 2026
  12. Ejemplos practicos de calculo
  13. Seguridad Social, cotizacion y efecto en futuras prestaciones
  14. Vacaciones, pagas extra, antiguedad, pluses y festivos
  15. Que puede y que no puede hacer la empresa durante el ERTE
  16. Compatibilidades: otro trabajo, autonomo, pluriempleo y formacion
  17. ERTE y trabajadores fijos discontinuos en Tenerife
  18. Turismo, hosteleria, comercio, construccion y despachos pequenos: escenarios reales en la isla
  19. Errores frecuentes del trabajador
  20. Errores frecuentes de la empresa
  21. Fraude en ERTE: senales de alerta
  22. Que hacer si el SEPE no paga o paga mal
  23. Que hacer si te obligan a trabajar estando en ERTE
  24. Que hacer si tu empresa te desafecta y vuelve a afectarte
  25. Compromiso de mantenimiento del empleo y matices de la "salvaguarda"
  26. Despido despues del ERTE: cuando cambia el problema
  27. Pruebas utiles y documentos que debes guardar
  28. Consultas reales sobre ERTE en Tenerife
  29. Checklist para empresas antes de iniciar el expediente
  30. Checklist para trabajadores el dia que reciben la comunicacion
  31. FAQ larga de ERTE en Tenerife 2026
  32. CTA final para trabajadores y empresas

Que es un ERTE y que no es

Erte Empresas Tenerife en Tenerife

El ERTE, expediente de regulacion temporal de empleo, es un mecanismo para suspender temporalmente contratos o reducir temporalmente la jornada cuando concurren determinadas causas previstas en la ley.

La palabra clave es temporalmente.

Eso significa varias cosas practicas:

  • la relacion laboral no desaparece;
  • el puesto no se extingue por el mero hecho del ERTE;
  • la empresa no esta "despidiendo pero con otro nombre";
  • y la persona trabajadora no deja de ser trabajadora de la empresa por entrar en ERTE.

Dicho de forma sencilla: el ERTE es una medida de flexibilidad interna. Sirve para ajustar mientras dura una situacion concreta. No para vaciar una plantilla sin coste politico, ni para trasladar al SEPE un problema que en realidad no encaja legalmente, ni para improvisar una solucion rapida cuando la empresa ha perdido el control de su planificacion.

Tambien conviene aclarar lo que no es un ERTE:

  • no es una baja voluntaria;
  • no es una excedencia;
  • no es una incapacidad temporal;
  • no es una modificacion sustancial de condiciones de trabajo;
  • no es un ERE;
  • no es un permiso sin sueldo;
  • y no es una carta de "te quedas en casa hasta que te llamemos" sin procedimiento formal.

Esto ultimo se ve bastante. Especialmente en negocios pequenos donde se mezcla un problema real de actividad con una gestion laboral muy artesanal. En Tenerife pasa en restauracion, comercios estacionales, empresas de servicios vinculadas al turismo, pequenos talleres, academias, negocios familiares y micropymes que operan con una administracion muy basica.

Cuando eso ocurre, el problema no es solo juridico. Tambien es operativo. Porque un ERTE mal montado genera:

  • reclamaciones internas;
  • desconfianza de la plantilla;
  • retrasos con el SEPE;
  • errores de periodos de actividad;
  • devoluciones;
  • actas de inspeccion;
  • y, en algunos casos, una factura mucho mayor que la que la empresa pretendia evitar.

Diferencia entre ERTE, ERE, despido objetivo y modificacion sustancial

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Una de las peores cosas que se puede hacer con este tema es mezclar conceptos. Si mezclas figuras juridicas distintas, acabas tomando decisiones malas.

ERTE

  • Es temporal.
  • Supone suspension del contrato o reduccion de jornada.
  • La persona trabajadora sigue vinculada a la empresa.
  • Puede generar derecho a prestacion por desempleo segun los requisitos aplicables.

ERE

  • Es una medida extintiva de caracter colectivo.
  • No hablamos de pausar la relacion laboral, sino de terminarla.
  • Cambia por completo el marco de indemnizaciones, plazos y estrategia.

Despido objetivo individual o plural

  • La empresa extingue contratos por causas economicas, tecnicas, organizativas o productivas.
  • Puede afectar a una o varias personas sin llegar al umbral del despido colectivo.
  • La pregunta ya no es "como aguanto unos meses", sino "como extingo legalmente estas relaciones".

Modificacion sustancial de condiciones

  • No suspende el contrato.
  • No reduce jornada como mecanismo de ERTE, sino que cambia aspectos relevantes de la prestacion laboral: horario, jornada, sistema de trabajo, salario si se encuadra en los supuestos del articulo 41 ET, etc.

Por que esta diferencia importa tanto

Porque muchas empresas dudan entre varias vias y muchas personas trabajadoras entienden mal la que les han aplicado.

Ejemplo realista:

Una empresa en Tenerife pierde volumen de reservas durante varios meses y cree que necesita "hacer algo con la plantilla". Si la caida es temporal y recuperable, puede explorar un ERTE. Si lo que existe es un cierre estructural, deuda insoportable y ausencia real de viabilidad, tal vez el debate ya no sea de ERTE sino de extinciones. Si lo que busca es reorganizar horarios y turnos porque cambia la demanda, puede haber una modificacion sustancial o una combinacion de medidas internas.

El error tipico aparece cuando se intenta usar el ERTE para un problema que no es temporal o cuando se usa el despido para una situacion que, en realidad, era de ajuste provisional.


Tipos de ERTE que importan en 2026

En la practica de 2026, los dos marcos que mas interesan a trabajador y empresa son estos:

  1. ERTE ETOP: por causas economicas, tecnicas, organizativas o de produccion.
  2. ERTE por fuerza mayor temporal.

Y en un plano aparte hay que mencionar el Mecanismo RED, porque a veces se nombra como si fuera "otro ERTE mas", cuando tiene una logica y activacion especificas.

ERTE ETOP

Es el expediente que se usa cuando la causa nace de la propia dinamica empresarial:

  • caida persistente de ingresos o ventas;
  • necesidad de reorganizar sistemas o metodos de trabajo;
  • cambios tecnicos;
  • fluctuacion de la demanda;
  • reordenacion de recursos;
  • perdida temporal de actividad en una linea o centro.

La base legal sigue en el articulo 47 del Estatuto de los Trabajadores, reformado por la normativa posterior a 2021.

La ley concreta, por ejemplo, que existe causa economica cuando de los resultados de la empresa se desprende una situacion economica negativa, como perdidas actuales o previstas, o una disminucion persistente del nivel de ingresos ordinarios o ventas. Y aclara que esa disminucion se entiende persistente cuando durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al del mismo trimestre del ano anterior.

Eso no significa que con decir "estamos flojos" baste. Hay que poder demostrarlo.

ERTE por fuerza mayor temporal

Aqui la causa no depende de una simple decision de negocio. Hablamos de un hecho externo, impeditivo o limitativo, que afecta de forma temporal a la actividad.

No vale inflar el concepto. No todo problema serio es fuerza mayor. Pero tampoco hay que reducirlo a catastrofes espectaculares.

Puede haber fuerza mayor temporal cuando hay:

  • una resolucion administrativa que impide o limita la actividad;
  • un siniestro;
  • un evento material que bloquea temporalmente la prestacion normal;
  • una situacion sobrevenida que se acredita y que exige constatacion por la autoridad laboral.

La caracteristica clave es que, segun el articulo 47.5 ET, la existencia de la fuerza mayor debe ser constatada por la autoridad laboral.

Mecanismo RED

El articulo 47 bis ET y su desarrollo reglamentario introducen este mecanismo para situaciones ciclicas o sectoriales activadas por acuerdo del Consejo de Ministros.

No es una herramienta que una empresa en Tenerife active por su cuenta porque le viene bien. Requiere una activacion previa del mecanismo. Por eso, salvo que el sector o la situacion concreta esten efectivamente cubiertos, no conviene venderlo como la solucion ordinaria.

En 2026 puede aparecer en consultas porque ha ganado notoriedad, pero para la mayoria de pymes y trabajadores la conversacion real sigue siendo ETOP o fuerza mayor temporal.


ERTE de suspension y ERTE de reduccion de jornada

Esta es una diferencia muy importante y, a la vez, muy mal entendida por mucha gente.

ERTE de suspension

En la suspension:

  • la persona trabajadora deja temporalmente de prestar servicios;
  • deja de percibir salario por ese tiempo de inactividad;
  • y pasa a cobrar, si cumple requisitos, la prestacion correspondiente.

No significa necesariamente "te vas a casa durante meses seguidos". Puede haber afectaciones y desafectaciones. Pero cuando una persona esta suspendida, no esta trabajando ese tramo de actividad.

ERTE de reduccion de jornada

En la reduccion:

  • la persona sigue trabajando, pero menos horas;
  • cobra salario por la parte trabajada;
  • y cobra prestacion por la parte no trabajada, si corresponde.

El articulo 47.7 ET fija que la reduccion puede ir entre el 10 % y el 70 % y puede computarse sobre la jornada diaria, semanal, mensual o anual.

Esto es importante por dos motivos:

  1. no vale inventarse porcentajes o formulas que salgan de ese marco sin mas;
  2. la reduccion hay que aterrizarla bien en calendarios, turnos, comunicaciones y periodos de actividad.

Que suele ser mejor

No hay una respuesta universal.

Para algunas empresas, la reduccion de jornada es mucho mas util que la suspension total porque permite mantener una operativa minima, conservar conocimiento interno y adaptarse a picos de actividad. Para otras, la suspension es mas realista porque la actividad simplemente se ha detenido.

Para la persona trabajadora tampoco es lo mismo:

  • una suspension total puede simplificar la fotografia;
  • una reduccion mal gestionada genera muchisimo mas margen para errores de nomina, periodos y llamadas fuera de lo pactado.

Donde aparecen muchos conflictos

En la reduccion de jornada aparecen dudas como estas:

  • "me han dicho que estoy al 50 %, pero unas semanas hago casi jornada completa";
  • "me cambian el porcentaje cada dos por tres y no entiendo que estoy cobrando";
  • "me mandan mensajes para entrar horas sueltas sin avisarme bien";
  • "en papel estoy al 40 %, pero en realidad sigo casi igual".

Esas situaciones no son menores. Son el terreno perfecto para el desorden o para el fraude.


Cuando una empresa de Tenerife puede plantearse un ERTE

Información legal sobre erte empresas tenerife

No toda tension de tesoreria justifica un ERTE. No toda bajada puntual de trabajo exige uno. Y no todo consejo informal de la gestoria deberia seguirse sin hacer preguntas.

Un ERTE puede tener sentido cuando concurren varios elementos a la vez:

  • el problema es real y demostrable;
  • la causa es temporal o al menos se plantea como temporalmente gestionable;
  • la empresa tiene una expectativa razonable de continuidad;
  • y la medida se puede delimitar con cierto orden: a quien afecta, de que modo, durante cuanto tiempo y con que intensidad.

Casos tipicos en Tenerife

1. Caida fuerte de actividad vinculada al turismo

Hay negocios de la isla que viven muy expuestos a:

  • ocupacion hotelera;
  • vuelo y conectividad;
  • gasto turistico;
  • excursiones;
  • restauracion de zonas concretas;
  • comercio vinculado a flujos estacionales.

Si esa actividad cae de forma seria y se puede documentar, puede haber base para un ERTE ETOP.

2. Limitacion administrativa o incidencia material que bloquea la actividad

Piensa en locales que no pueden abrir temporalmente por una resolucion, obras que se paralizan por una incidencia sobrevenida, negocios afectados por un evento impeditivo externo o estructuras cuya actividad se ve limitada materialmente.

Aqui la conversacion puede moverse hacia fuerza mayor, pero hay que justificarla bien.

3. Reorganizacion productiva o tecnica de impacto temporal

Hay empresas que no pierden toda la actividad, pero si necesitan un ajuste transitorio por:

  • implantacion de un nuevo sistema;
  • cambio tecnico relevante;
  • reorganizacion de centros o departamentos;
  • perdida temporal de un cliente importante.

Eso puede ir a ETOP si esta documentado y no se intenta vestir de emergencia lo que es un cambio de negocio ordinario.

Cuando el planteamiento ya huele mal

Una empresa deberia frenar y pedir revision seria si:

  • no tiene clara la causa exacta;
  • quiere afectar a personas concretas pero no sabe explicar por que a esas y no a otras;
  • no ha calculado el impacto operativo;
  • espera seguir funcionando "casi normal" con gente formalmente afectada;
  • o confunde el ERTE con una forma de trasladar costes al sistema sin rehacer su estructura.

Cuando un trabajador debe empezar a sospechar que el ERTE esta mal enfocado

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Consultoría Legal para Empresas

No hace falta ser abogado para detectar que algo no cuadra.

Estas son algunas senales de alerta bastante claras:

  • te comunican el ERTE de forma improvisada y sin apenas informacion;
  • la empresa no aclara si estas en suspension o reduccion;
  • no te dicen ni porcentaje ni calendario ni fecha de efectos con claridad;
  • te piden seguir "echando una mano" aunque estes suspendido;
  • entran personas nuevas o subcontratas a hacer lo mismo que hacias tu;
  • cambian las reglas todas las semanas sin explicacion;
  • en nomina y en cuenta bancaria aparecen cantidades que no se entienden;
  • el SEPE no te reconoce nada y la empresa te dice solo que "ya se arreglara";
  • o notas que el expediente se usa para presionar, castigar o apartar a personas concretas.

No todo esto significa automaticamente ilegalidad. Pero casi siempre significa algo mas simple: que necesitas revisar el caso con rigor antes de normalizarlo.


Procedimiento del ERTE ETOP paso a paso

Vamos a bajarlo a tierra.

El ERTE ETOP no se hace bien con una mera decision unilateral y una nota interna. Tiene un procedimiento.

1. Definir la causa real y la necesidad de la medida

Antes de comunicar nada, la empresa deberia poder responder con precision a estas preguntas:

  • cual es la causa: economica, tecnica, organizativa o productiva;
  • que datos la sostienen;
  • por que la medida es temporal;
  • por que afecta a esas personas;
  • por que se opta por suspension o por reduccion;
  • y cual es la duracion o el marco temporal previsto.

Si no puede responder a eso por escrito, todavia no esta lista.

2. Comunicacion de inicio y periodo de consultas

El articulo 47.3 ET prevé un periodo de consultas con la representacion legal de las personas trabajadoras o, si no existe, con la comision que corresponda.

La duracion maxima general es de quince dias.

Ese periodo no es un formalismo decorativo. Sirve para:

  • discutir la medida;
  • proponer alternativas;
  • revisar afectaciones;
  • negociar criterios;
  • y dejar constancia de lo que se ha analizado.

3. Documentacion

No hay expediente serio sin documentacion seria.

Segun el tipo de causa, normalmente se exige una memoria explicativa y la documentacion economica, tecnica, organizativa o productiva que permita verificar que la medida no es caprichosa.

En el caso de causa economica, por ejemplo, lo habitual es que se aporten elementos contables y comparativos que permitan sostener la narrativa empresarial.

4. Comunicacion a la autoridad laboral

La empresa comunica el expediente a la autoridad laboral competente.

En Canarias, ese marco se articula a traves de los tramites del Gobierno de Canarias en materia de relaciones laborales y expedientes de regulacion. No conviene inventarse el circuito ni delegarlo ciegamente sin revisar el tramite concreto que toca.

5. Decision final de la empresa

Tras el periodo de consultas, la empresa notifica su decision a la representacion de las personas trabajadoras y a la autoridad laboral.

El propio articulo 47 recoge una regla importante: si en el plazo de quince dias desde la fecha de la ultima reunion celebrada en el periodo de consultas la empresa no comunica su decision, el procedimiento puede caducar.

6. Datos de afectacion

La empresa debe comunicar por via automatizada, entre otras cosas:

  • el periodo de aplicacion;
  • la identificacion de las personas afectadas;
  • el tipo de medida para cada una;
  • el porcentaje maximo de reduccion o los dias maximos de suspension.

Aqui es donde empiezan muchos errores practicos. Porque una cosa es aprobar un expediente y otra gestionarlo bien despues.

7. Relacion con SEPE y TGSS

La empresa tiene que coordinar correctamente:

  • solicitud colectiva o tramites que procedan ante el SEPE;
  • calendario y periodos de actividad;
  • y comunicaciones a Seguridad Social.

No es la parte mas vistosa, pero es una de las que mas problemas trae cuando se hace mal.


Procedimiento del ERTE por fuerza mayor paso a paso

El esquema cambia.

1. Solicitud a la autoridad laboral

La empresa presenta solicitud dirigida a la autoridad laboral competente, acompana la prueba que estime necesaria y comunica simultaneamente a la representacion legal de las personas trabajadoras.

2. Constatacion de la fuerza mayor

La clave esta en esto: la fuerza mayor no se presume por deseo empresarial. Debe ser constatada por la autoridad laboral.

3. Resolucion

El articulo 47.5 ET fija que la resolucion de la autoridad laboral debe dictarse en el plazo de cinco dias desde la solicitud.

La resolucion, en su caso, se limita a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada. Despues corresponde a la empresa decidir la suspension o reduccion concreta dentro de ese marco.

4. Efectos

La resolucion puede surtir efectos desde la fecha del hecho causante y hasta la fecha determinada en la propia resolucion.

5. Lo que suele salir mal

En fuerza mayor suelen fallar dos cosas:

  • se intenta meter por esa via una causa que en realidad es ETOP;
  • o se documenta tan mal la situacion impeditiva o limitativa que el expediente nace debil.

Y aqui conviene decir algo claro: la via rapida no es automaticamente la via correcta.


Autoridad laboral y tramites en Canarias

Para una guia con foco Tenerife, este punto importa.

La tramitacion no se hace en abstracto. Se hace ante la autoridad laboral competente y, en Canarias, el Gobierno de Canarias tiene tramites especificos para expedientes de regulacion temporal y para el Mecanismo RED en su sede electronica.

Esto importa por dos razones:

  1. porque el expediente tiene una dimension estatal y otra autonómica de gestion;
  2. porque el error de portal, formulario o secuencia puede retrasar todo el proceso.

Lo prudente para empresa

Si eres empresa o asesoras a una, da por hecho que hay que revisar:

  • tramite exacto aplicable;
  • organo competente;
  • documentos exigidos;
  • forma de presentacion;
  • y coordinacion posterior con SEPE y TGSS.

Lo prudente para trabajador

Si eres trabajador, no necesitas conocer cada detalle tecnico del formulario empresarial, pero si deberias saber:

  • si ha existido realmente un expediente formal;
  • si la fecha de efectos esta bien comunicada;
  • y si tu inclusion en el expediente esta correctamente trasladada a los organismos que toca.

Prestacion del SEPE en un ERTE: requisitos reales

Aqui hay que ser muy cuidadosos, porque este es uno de los puntos donde mas contenido publicado esta mezclando normas antiguas, reglas COVID ya extinguidas y generalizaciones peligrosas.

Lo que dice hoy el SEPE para personas afectadas por ERTE

La pagina oficial del SEPE para personas afectadas por ERE o ERTE explica varias reglas muy relevantes:

  • la persona trabajadora debe inscribirse en los Servicios Publicos de Empleo Autonomicos correspondientes;
  • salvo que se trate de un ERTE por fuerza mayor autorizado por la autoridad laboral, para percibir prestacion contributiva hay que haber trabajado y cotizado por desempleo al menos 360 dias dentro de los seis anos anteriores a la situacion legal de desempleo, y no haber usado esas cotizaciones para una prestacion anterior;
  • si se ha cotizado menos de 360 dias, puede entrar en juego el subsidio si se cumplen el resto de requisitos;
  • en suspension o reduccion de jornada, la empresa sigue obligada a ingresar la aportacion empresarial integra por todas las contingencias.

Primer aviso importante

No es correcto seguir diciendo en 2026, de forma general y para cualquier ERTE, que:

  • "no hace falta ninguna cotizacion minima";
  • o que "el ERTE no consume paro nunca";
  • o que "el trabajador no tiene que hacer nada con empleo".

Eso fue cierto, en todo o en parte, en determinados marcos extraordinarios de la pandemia, pero no debe repetirse como si fuera la regla general vigente.

Inscripcion como demandante

El propio SEPE recuerda que la solicitud de la prestacion exige inscripcion previa como demandante de empleo, aunque en procedimientos de suspension o reduccion puedan aprobarse formulas de inscripcion colectiva que eviten la presentacion individual en oficina.

Traducido:

  • no des por hecho que "la empresa ya lo hace todo";
  • confirma que estas inscrito o que te han incluido correctamente;
  • y no te relajes si no ves movimiento, porque los retrasos se pagan en tiempo y dinero.

Solicitud colectiva

En la gestion ordinaria del ERTE, el reconocimiento y pago de prestaciones suele pasar por la solicitud colectiva y por las comunicaciones de periodos de actividad e inactividad que haga la empresa. En la practica, muchos conflictos con el SEPE nacen porque la empresa:

  • presenta tarde;
  • presenta mal;
  • no remite periodos;
  • o cambia afectaciones sin cuadrar bien los datos.

Duracion de la prestacion en ERTE

Segun el SEPE, si se accede a la prestacion contributiva por suspension o reduccion en virtud de ERTE, la duracion depende del tiempo que dure la medida y, en ERTE por causas ETOP, tambien del tiempo cotizado por la persona trabajadora.

Ademas, el SEPE recuerda expresamente que el tiempo en el que se ha estado en ERTE percibiendo prestaciones por desempleo no computa como periodo cotizado a estos efectos.

Ese matiz conviene no perderlo porque desmonta muchos resúmenes simplones.


Cuanto se cobra en ERTE en 2026

Este es el otro gran foco de errores.

Regla general de cuantia

La base reguladora se calcula con la media de las bases de cotizacion por contingencias profesionales de los 180 ultimos dias cotizados, sin contar horas extraordinarias.

Sobre esa base reguladora, la regla general del SEPE para la prestacion contributiva es:

  • 70 % durante los primeros 180 dias;
  • 60 % a partir del dia 181.

Y despues hay que aplicar:

  • topes minimos;
  • topes maximos;
  • deduccion de cotizacion a la Seguridad Social a cargo de la persona trabajadora;
  • y, cuando proceda, retencion de IRPF.

Cuantias oficiales del SEPE para 2026

En la pagina oficial de cuantias anuales del SEPE, abierta y actualizada para 2026, figuran estos topes para la prestacion contributiva:

  • cuantia minima sin hijos: 560 euros;
  • cuantia minima con un hijo o mas: 749 euros;
  • cuantia maxima sin hijos: 1.225 euros;
  • cuantia maxima con un hijo: 1.400 euros;
  • cuantia maxima con dos hijos o mas: 1.575 euros.

Tambien figura:

  • IPREM mensual: 600 euros;
  • SMI mensual 2026: 1.221 euros.

Ojo con el lenguaje "cuanto cobro"

Cuando alguien pregunta "cuanto cobro en ERTE", la respuesta correcta casi nunca es una cifra unica. Depende de:

  • si estas en suspension o reduccion;
  • tu base reguladora;
  • los topes aplicables;
  • hijos a cargo;
  • cuantos dias llevas de prestacion;
  • deducciones;
  • y si ha habido errores o retrasos en la comunicacion de actividad.

Otra idea importante

Si estas en reduccion de jornada, no cobras solo del SEPE ni solo de la empresa. Cobras una mezcla:

  • salario por la parte trabajada;
  • prestacion por la parte no trabajada.

Y ahi es donde mas dudas practicas aparecen.


Ejemplos practicos de calculo

Los ejemplos no sustituyen el autocálculo del SEPE ni una revision individual, pero ayudan a entender.

Ejemplo 1: suspension total con base reguladora moderada

Imagina una persona trabajadora en Tenerife con una base reguladora mensual de 1.400 euros y sin hijos a cargo.

Durante los primeros 180 dias:

  • 70 % de 1.400 = 980 euros brutos aproximados.

Como esta por debajo del tope maximo sin hijos y por encima del minimo, ese seria el punto de partida bruto antes de deducciones.

Desde el dia 181:

  • 60 % de 1.400 = 840 euros brutos aproximados.

Ejemplo 2: suspension total con base alta y tope maximo

Base reguladora: 2.400 euros.
Persona sin hijos.

Primeros 180 dias:

  • 70 % de 2.400 = 1.680 euros.

Pero como el tope maximo sin hijos en 2026 es 1.225 euros, no cobraria 1.680 sino el maximo aplicable.

Ejemplo 3: reduccion de jornada del 50 %

Persona con salario y base reguladora equivalentes a 1.600 euros.

Si la jornada se reduce al 50 %:

  • la empresa pagaria el 50 % del salario por el tiempo efectivamente trabajado;
  • y el SEPE calcularia la prestacion respecto de la parte de jornada no trabajada conforme a sus reglas.

No es correcto decir sin mas "cobras la mitad del sueldo y la mitad del paro". Hay que aterrizarlo bien segun bases, porcentajes y topes. Pero como idea orientativa ayuda a entender que la renta final viene de dos fuentes.

Ejemplo 4: cotizacion insuficiente para contributiva en ERTE ETOP

Persona con 7 meses cotizados, afectada por ERTE ETOP.

Segun la regla general del SEPE:

  • no accede a prestacion contributiva por no llegar a 360 dias;
  • podria, si cumple requisitos de rentas y demas condiciones, explorar el subsidio por desempleo.

Ejemplo 5: fuerza mayor y regla distinta

En los supuestos de ERTE por fuerza mayor autorizados por la autoridad laboral, el propio SEPE marca una regla diferenciada respecto al requisito de 360 dias. Pero eso no significa que cualquier expediente llamado "fuerza mayor" active automaticamente esa ventaja: primero tiene que existir la autorizacion o constatacion correspondiente.


Seguridad Social, cotizacion y efecto en futuras prestaciones

Otro punto donde conviene hablar claro.

En ERTE de suspension o reduccion

El SEPE explica que:

  • la empresa continua obligada a ingresar la aportacion empresarial integra por todas las contingencias;
  • y la entidad gestora ingresa la aportacion de la persona trabajadora correspondiente al tiempo en desempleo, descontando su importe de la cuantia de la prestacion.

Que significa esto de forma practica

No significa que "todo sigue exactamente igual" para cualquier calculo futuro. Pero si significa que el periodo no es un agujero negro absoluto de Seguridad Social.

Lo que suele preocupar a la gente

  1. Jubilacion
  2. Futuro paro
  3. Incapacidad temporal o permanente
  4. Prestaciones familiares o vinculadas a cotizacion

Cada una merece un analisis fino, pero la idea central es esta: en ERTE sigue habiendo una estructura de cotizacion y no es correcto hablar del tiempo afectado como si desapareciera sin rastro.

Donde si conviene hilar fino

En la conversacion sobre el futuro paro.

Porque una cosa es que exista cotizacion y otra que el tiempo de percepcion de prestacion durante el ERTE compute como nuevo periodo cotizado a efectos de futuras prestaciones. Y ahi el SEPE es claro al recordar que ese tiempo de ERTE percibiendo prestaciones no computa como periodo cotizado a esos efectos.

Es un matiz tecnico, pero decisivo.


Vacaciones, pagas extra, antiguedad, pluses y festivos

En esta materia se mezclan reglas generales, convenio colectivo y forma concreta de afectacion.

Vacaciones

La idea simplificada "en ERTE no generas vacaciones nunca" es demasiado tosca para responder bien en todos los escenarios.

Lo prudente es distinguir:

  • periodos de suspension total;
  • periodos de reduccion;
  • convenio aplicable;
  • y como se devengan vacaciones en la relacion concreta.

En la practica, durante la suspension total la generacion de vacaciones no funciona igual que en tiempo de trabajo efectivo, y en reduccion de jornada el analisis vuelve a depender de como este articulada la jornada y del convenio.

Si aqui tu caso tiene impacto economico real, no te quedes con una frase de blog.

Pagas extra

De nuevo, hay que mirar:

  • convenio;
  • sistema de devengo;
  • y periodo efectivamente trabajado.

Antiguedad

La antiguedad es una de las preguntas mas repetidas. El argumento correcto no es despacharlo con una consigna. Lo razonable es revisar:

  • que entiende tu convenio por tiempo de servicio;
  • como incide la suspension en conceptos concretos;
  • y que problema real quieres resolver: trienios, premio, indemnizacion futura, promocion, etc.

Pluses

Hay pluses que estan claramente vinculados al trabajo efectivo:

  • transporte;
  • quebranto;
  • determinados complementos funcionales;
  • dietas.

Y hay otros que exigen mas interpretacion.

Consejos practicos

Si eres trabajador, guarda:

  • nominas anteriores;
  • nominas durante el ERTE;
  • convenio aplicable;
  • comunicaciones internas;
  • y cualquier cuadro comparativo que te ayude a ver la diferencia.

Si eres empresa, no intentes resolverlo a base de intuicion. Un error pequeño repetido en toda la plantilla durante meses deja de ser pequeno.


Que puede y que no puede hacer la empresa durante el ERTE

El ERTE da margen de organizacion. No carta blanca.

La empresa si puede

  • suspender contratos o reducir jornada dentro del marco aprobado o comunicado;
  • afectar y desafectar personas cuando cambian las circunstancias, cumpliendo las comunicaciones que procedan;
  • reorganizar actividad real dentro del perimetro legal;
  • y, en su caso, promover formacion.

La empresa no puede, como regla general

  • tratar a una persona como suspendida y seguir utilizandola con normalidad;
  • usar el expediente para encubrir discriminacion o represalias;
  • omitir comunicaciones esenciales al SEPE o a la TGSS;
  • convertir la reduccion en una especie de disponibilidad caotica permanente;
  • ni saltarse las limitaciones legales en materia de contrataciones, horas extra o externalizaciones cuando resulten aplicables.

El propio articulo 47.7 ET introduce limites en materia de nuevas contrataciones, externalizaciones y horas extraordinarias, salvo que las personas afectadas no puedan realizar esas funciones por formacion, capacitacion u otras razones objetivas y justificadas.

Como se traduce eso en la vida real

Si una cafeteria en Tenerife mete en ERTE a parte del personal de sala y, al mismo tiempo, empieza a cubrir ese hueco de manera estructural con personas de fuera o con ampliaciones informales de otras jornadas, hay una pregunta obvia que hacer.

Si un despacho pone a una administrativa en suspension completa, pero sigue pidiendole que gestione correos, escanee documentacion y prepare escritos "solo un rato", no esta jugando con una zona gris inocente. Se esta metiendo en terreno de problema.


Compatibilidades: otro trabajo, autonomo, pluriempleo y formacion

Otra pregunta omnipresente: "si estoy en ERTE, puedo trabajar en otra cosa?".

Trabajo por cuenta ajena

Puede haber compatibilidad, pero no se resuelve con un si o un no sin contexto.

Hay que mirar:

  • jornada del nuevo trabajo;
  • si es a tiempo completo o parcial;
  • como afecta a la prestacion;
  • y la obligacion de comunicarlo.

La regla prudente es esta: si empiezas otra actividad, comunicalo. No esperes a "ver si se enteran".

Trabajo autonomo

Aqui el analisis es mas delicado. No solo por la compatibilidad de la prestacion, sino por el tipo de actividad, ingresos y encaje legal.

Pluriempleo y cambios posteriores

Si la persona ya tenia varias relaciones laborales o adquiere otra durante el ERTE, la fotografia se complica. Y cuanto mas compleja es la fotografia, mas peligroso es fiarse de respuestas de barra de bar.

Formacion

En el marco actual, la formacion gana peso como herramienta de empleabilidad y, en determinados mecanismos o exoneraciones, puede vincularse a beneficios concretos para la empresa. No deberia verse como mero adorno burocratico.


ERTE y trabajadores fijos discontinuos en Tenerife

En Tenerife esto merece mencion expresa por el peso del turismo, la hosteleria y actividades estacionales.

El fijo discontinuo ya tiene de por si una estructura laboral que genera dudas sobre llamamientos, inactividad y proteccion por desempleo. Si encima aparece un ERTE, la confusion se multiplica.

Dudas tipicas

  • "estoy en periodo de actividad o de inactividad propia del fijo discontinuo?"
  • "me han llamado menos y ademas me meten en ERTE"
  • "no se si lo mio es falta de llamamiento o suspension temporal"
  • "me dicen que espere a la temporada siguiente"

Por que no conviene simplificar

Porque en estos casos se mezclan:

  • naturaleza del contrato;
  • calendario de llamamiento;
  • situacion legal de desempleo;
  • y, a veces, conducta empresarial dudosa.

En un negocio estacional de la isla, un mal encaje entre fijo discontinuo y ERTE puede acabar en:

  • diferencias de prestacion;
  • discusiones sobre antiguedad y periodos;
  • o reclamaciones por llamamiento defectuoso.

Si este es tu caso, revisa el expediente junto con tu contrato, convenio y llamamientos anteriores.


Turismo, hosteleria, comercio, construccion y despachos pequenos: escenarios reales en la isla

Una guia con foco Tenerife deberia salir de la teoria general y pisar suelo.

Hosteleria y restauracion

Es uno de los sectores donde mas se repiten:

  • caidas de actividad por estacionalidad o demanda;
  • reducciones de jornada mal trazadas;
  • cuadrantes cambiantes;
  • y confusion entre falta de clientes y decisiones empresariales permanentes.

Comercio vinculado al turismo

Aqui aparece mucho el argumento de la caida de ventas y la necesidad de ajustar temporalmente personal. Puede ser una causa real, pero exige documentacion ordenada. No basta con decir "ha bajado el paso de gente".

Excursiones, ocio y servicios complementarios

En actividades dependientes de reservas y movimiento turistico, el ERTE puede parecer una herramienta muy natural. Precisamente por eso conviene vigilar que no se use como rutina desordenada de ajuste permanente.

Construccion y subcontratas

En construccion, reformas o actividades tecnicas, a veces se intenta vestir como fuerza mayor lo que es un problema organizativo, de retraso o de planificacion. O al reves: se deja de aprovechar una via valida por no acreditar bien la incidencia.

Despachos pequenos, clinicas y empresas de servicios

En estas estructuras se ve otro patron: la parte juridica del expediente puede estar bien, pero la gestion diaria es improvisada. Y ahi nacen las llamadas fuera de hora, las "pequenas tareas" no reflejadas, los porcentajes de reduccion que no se parecen a la realidad y los choques personales.


Errores frecuentes del trabajador

Tambien hay errores desde el otro lado. Y conviene decirlo sin paternalismo.

1. No guardar la comunicacion inicial

Mucha gente no conserva bien:

  • carta;
  • email;
  • anexo;
  • captura de WhatsApp;
  • ni fecha exacta de efectos.

Y luego reconstruir el caso es mucho mas dificil.

2. No revisar si el SEPE ha reconocido correctamente la prestacion

A veces se da por hecho que si la empresa "lo ha enviado", todo esta solucionado. No. Hay que comprobar.

3. Trabajar en negro o sin comunicar otra actividad

Es una mala idea juridica y economica.

4. Aceptar tareas estando suspendido "para no quedar mal"

Este punto es crucial. El problema no desaparece porque el trabajador haya colaborado por miedo o por lealtad mal entendida.

5. No pedir aclaracion cuando la reduccion es confusa

Si no sabes tu porcentaje, tus dias, tus horas o tu situacion exacta, no sigas meses asi.

6. Esperar demasiado para reaccionar

En materia laboral, muchos problemas no explotan el dia uno. Se acumulan. Y cuando por fin se consulta, ya hay meses de desorden documental.


Errores frecuentes de la empresa

1. Elegir la etiqueta antes que la causa

Decidir "vamos a hacer un ERTE" y solo despues intentar encajar una causa es empezar al reves.

2. Copiar un expediente antiguo

El hecho de que algo "saliera" en otro momento no significa que sirva aqui.

3. No definir bien personas afectadas y criterio

Esto desgasta internamente y debilita externamente.

4. Gestionar mal periodos de actividad

Es una de las fuentes mas grandes de errores con el SEPE.

5. Confiar demasiado en respuestas informales

La gestoria ayuda, claro. Pero cuando el caso es sensible, hace falta alguien que mire la estrategia laboral completa.

6. Pedir disponibilidad incompatible con la afectacion

Sucede mucho mas de lo que parece.

7. No medir el efecto reputacional interno

Un expediente mal comunicado destruye confianza aunque legalmente termine saliendo adelante.


Fraude en ERTE: senales de alerta

Esta es una de las secciones que mas interesa a quien busca "fraude ERTE Tenerife".

Que suele considerarse sospechoso

  • personas formalmente suspendidas que siguen trabajando;
  • reducciones ficticias;
  • comunicaciones falsas sobre actividad;
  • plantilla afectada mientras se cubre el mismo trabajo por otras vias sin justificacion;
  • alteracion opaca de datos;
  • o uso del expediente para descargar costes sin base real.

Como se ve desde fuera

No siempre con algo espectacular. Muchas veces se ve en pequenos detalles:

  • mensajes pidiendo entrar unas horas "sin fichar";
  • llamadas de clientes desviadas a personas en suspension;
  • tareas administrativas recurrentes;
  • cuadrantes no coherentes;
  • fotos, accesos o registros de actividad;
  • emails enviados desde cuentas de personas que supuestamente estaban totalmente paradas.

Por que importa tanto documentarlo

Porque el fraude no se gana solo con indignacion. Se gana con prueba.

Que puede hacer la persona trabajadora

  • guardar mensajes;
  • anotar fechas y tareas;
  • conservar cuadrantes;
  • revisar nominas y cuenta;
  • y valorar denuncia o reclamacion con asesoramiento.

Que se juega la empresa

  • reintegros;
  • sanciones;
  • problemas con Inspeccion de Trabajo;
  • conflictos judiciales;
  • y desgaste serio de reputacion y clima interno.

Que hacer si el SEPE no paga o paga mal

Esto pasa bastante y no siempre por culpa del SEPE en abstracto. A menudo hay un error previo de datos.

Paso 1. Identifica si el problema es de reconocimiento o de cuantia

No es lo mismo:

  • no aparecer en ningun sitio;
  • aparecer pero sin cobro;
  • cobrar menos de lo esperado;
  • o sufrir cortes irregulares.

Paso 2. Revisa la base del problema

Preguntas utiles:

  • estas correctamente inscrito como demandante?
  • la empresa presento bien la solicitud colectiva?
  • hay periodos de actividad enviados?
  • te han desafeectado y vuelto a afectar?
  • hay cambio de jornada, otro trabajo o incompatibilidad?

Paso 3. Reune la documentacion

  • comunicacion del ERTE;
  • DNI;
  • cuenta bancaria;
  • vida laboral si hace falta;
  • nominas previas;
  • resolucion o datos del SEPE;
  • y cualquier justificante de cobro.

Paso 4. Reclama con orden

No todas las incidencias acaban en demanda. Muchas se resuelven cuando se corrige el dato que faltaba. Pero si la respuesta se atasca, conviene escalar con criterio.

Una observacion muy util

Cuando el problema esta en la empresa y la solicitud colectiva o los datos llegan tarde, el perjuicio no deberia convertirse sin mas en una condena economica silenciosa para la persona trabajadora.


Que hacer si te obligan a trabajar estando en ERTE

Esta es probablemente la consulta mas incomoda de todas, porque mezcla miedo, dependencia y prueba.

Si estas en suspension total

La pregunta clave es simple:

si estoy suspendido, por que estoy trabajando?

Puede haber confusiones puntuales? Si.
Puede haber favores informales de cinco minutos? A veces.
Puede normalizarse como rutina? No deberia.

Si estas en reduccion

Aqui el problema es mas fino:

  • estas haciendo mas horas de las que tocan?
  • cambia tu jornada real respecto de la comunicada?
  • se manipulan entradas, fichajes o disponibilidad?

Que hacer de forma sensata

  1. No entres en un enfrentamiento impulsivo sin guardar prueba.
  2. Conserva mensajes, cuadrantes, instrucciones y registros.
  3. Anota fechas, horas y tareas.
  4. Pide claridad por escrito cuando sea posible.
  5. Consulta antes de dar pasos que te dejen aislado o sin prueba.

Lo que no conviene

  • borrar mensajes;
  • responder solo por telefono;
  • o esperar a que el problema se arregle solo si se repite cada semana.

Que hacer si tu empresa te desafecta y vuelve a afectarte

En muchos ERTE modernos, sobre todo en sectores con actividad irregular, aparecen afectaciones y desafectaciones.

Eso puede ser perfectamente legal si responde a cambios reales de circunstancias y se comunica bien.

Cuando es normal

  • picos de demanda;
  • recuperacion parcial;
  • necesidad temporal de reincorporar a una parte de la plantilla;
  • vuelta a la reduccion despues de un repunte.

Cuando empieza a ser peligroso

  • si no te comunican nada claro;
  • si tu salario y tu prestacion se vuelven incomprensibles;
  • si el patron cambia cada pocos dias sin trazabilidad;
  • o si la empresa usa esas entradas y salidas como herramienta de presion o castigo.

Consejo practico

Hazte tu propia cronologia:

  • fecha;
  • estado: suspension, reduccion, desafectacion;
  • porcentaje u horario;
  • pagos recibidos.

Parece basico. Pero en un conflicto real esa tabla salva casos.


Compromiso de mantenimiento del empleo y matices de la "salvaguarda"

Esta es otra zona de contenido malo en internet.

Lo que se dice mal muy a menudo

"Con un ERTE la empresa no puede despedir durante el ERTE ni en los seis meses posteriores."

Dicho asi, en 2026, es una frase demasiado bruta.

Lo que conviene decir bien

El marco actual vincula determinadas exoneraciones en la cotizacion a un compromiso de mantenimiento del empleo durante los seis meses siguientes a la finalizacion del periodo de aplicacion del expediente.

Eso aparece en la normativa posterior a la reforma laboral y su desarrollo reglamentario.

La propia normativa consolidada explica que las exenciones quedan condicionadas al mantenimiento en el empleo de las personas trabajadoras afectadas durante ese periodo y que, si se incumple, la empresa debe reintegrar el importe de las cotizaciones exoneradas respecto de la persona trabajadora afectada por el incumplimiento, con recargos e intereses.

Por que el matiz es esencial

Porque no todas las empresas tienen el mismo marco de beneficios.
Porque no toda extincion tiene la misma consecuencia.
Y porque confundir "compromiso ligado a exoneraciones" con "prohibicion absoluta universal de despedir" lleva a errores estrategicos.

Que deberia preguntarse la persona trabajadora

  • hubo exoneraciones?
  • cual fue exactamente el beneficio aplicado?
  • cuando termino el periodo de aplicacion del expediente?
  • que causa invoca la empresa para un despido posterior?
  • afecta a una persona incluida en ese compromiso?

Que deberia preguntarse la empresa

  • de verdad se han calculado bien los efectos del compromiso?
  • se ha documentado internamente?
  • alguien esta tomando decisiones de plantilla sin mirar ese riesgo?

Despido despues del ERTE: cuando cambia el problema

Hay dos grandes escenarios.

1. Termina el ERTE y la empresa te reincorpora

Ese es el escenario teoricamente natural.

2. Despues del ERTE aparece un despido

Entonces ya no estas discutiendo solo el ERTE. Empiezas a discutir:

  • la causa del despido;
  • el momento;
  • la posible conexion con el expediente;
  • la existencia o no de exoneraciones y compromiso de mantenimiento;
  • y la prueba empresarial real.

En ese punto conviene enlazar internamente con el cluster de despido del despacho y revisar tambien la guia sobre despido improcedente en Tenerife, porque muchas controversias se desplazan ahi.

Y si lo que emerge son impagos, retrasos o compensaciones mal hechas, tiene sentido conectar con contenidos como salarios impagados en Tenerife.


Pruebas utiles y documentos que debes guardar

Esta seccion deberia leerla cualquier persona afectada por ERTE, aunque piense que todo va bien.

Si eres trabajador

Guarda:

  • carta o email de comunicacion;
  • anexos;
  • cuadrantes;
  • partes horarios;
  • mensajes de WhatsApp;
  • correos;
  • nominas anteriores y posteriores;
  • resoluciones o avisos del SEPE;
  • certificados de empresa si los recibes;
  • vida laboral cuando toque;
  • extractos bancarios de cobros;
  • y cualquier instruccion sobre reincorporacion, reduccion, cambios o tareas.

Si eres empresa

Conserva de forma ordenada:

  • memoria;
  • documentacion justificativa;
  • actas del periodo de consultas;
  • comunicaciones a la representacion;
  • comunicacion a autoridad laboral;
  • listados de personas afectadas;
  • porcentajes, periodos y desafectaciones;
  • justificantes de envio a SEPE y TGSS;
  • calendarios y ficheros de actividad;
  • y trazabilidad de decisiones.

Por que tanto detalle

Porque los conflictos de ERTE no suelen resolverse bien desde recuerdos vagos. Se resuelven desde cronologias y documentos.


Consultas reales sobre ERTE en Tenerife

No son consultas inventadas al azar. Son el tipo de preguntas que llegan de verdad.

"Me han dicho que estoy en ERTE, pero sigo yendo tres dias por semana y nadie me explica si es suspension o reduccion"

Lo primero es identificar la medida exacta. Si sigues trabajando parte de la semana, probablemente estemos ante una reduccion o ante una afectacion parcial, pero hay que verlo en la comunicacion y en los datos remitidos.

"La empresa me avisa cada noche de si trabajo al dia siguiente"

Puede haber flexibilidad? Si. Pero cuando la gestion es completamente caotica, la empresa se expone a que la realidad de la jornada no encaje con lo comunicado y con lo que se esta cobrando.

"Estoy suspendido y me piden responder clientes por telefono desde casa"

Eso merece revision inmediata. Una cosa es una llamada aislada y otra una disponibilidad funcional mantenida.

"El SEPE me paga menos y la empresa me dice que sera porque tengo otro trabajo parcial"

Puede ser. Pero no lo des por hecho sin verificar:

  • compatibilidad;
  • jornada del otro trabajo;
  • calculo aplicado;
  • y si la empresa comunico bien la actividad del ERTE.

"Soy empresario y mi gestoria me dice que meta a todos en suspension total y ya veremos"

Mala frase. Si ya el consejo empieza por "y ya veremos", toca parar y rehacer el analisis.

"Tengo un restaurante pequeno y unas semanas me sobra gente y otras me falta"

Ese es precisamente el tipo de escenario donde un ERTE puede tener sentido o convertirse en un desastre segun como se module. La clave no es solo la necesidad, sino la trazabilidad.

"Me han dicho que el ERTE no consume paro porque eso era asi en pandemia"

Mucho cuidado con estas inercias. La regla general vigente hay que revisarla con la normativa y la informacion actual del SEPE, no con recuerdos de 2020 o 2021.

"Mi empresa puede meterme en ERTE y contratar a otra persona por fuera?"

Hay limites legales en materia de nuevas contrataciones, externalizaciones y horas extraordinarias, con excepciones objetivas justificadas. Hay que estudiar el caso concreto, pero como pregunta de alarma es completamente legitima.


Checklist para empresas antes de iniciar el expediente

Si eres empresa, no empieces si no puedes responder bien a esto.

Causa y estrategia

  • cual es la causa exacta?
  • por que es temporal?
  • por que ERTE y no otra medida?
  • suspension o reduccion?
  • a quien afecta y por que?

Documentacion

  • memoria explicativa cerrada;
  • soporte economico o tecnico;
  • comparativas;
  • listado de personas afectadas;
  • calendario y porcentajes;
  • trazabilidad de la necesidad.

Procedimiento

  • representacion de las personas trabajadoras identificada;
  • periodo de consultas bien planificado;
  • autoridad laboral correcta;
  • formularios y tramites revisados;
  • circuito con SEPE y TGSS preparado.

Gestion posterior

  • quien controlara periodos de actividad?
  • quien gestionara desafectaciones?
  • quien revisara incidencias con SEPE?
  • como se comunicara a la plantilla?

Riesgo

  • hay exoneraciones?
  • hay compromiso de mantenimiento del empleo?
  • hay personal especialmente sensible?
  • hay posibilidad real de inspeccion o conflicto?

Si a tres o cuatro de estas preguntas la respuesta es "ya veremos", no estas listo.


Checklist para trabajadores el dia que reciben la comunicacion

  1. Guarda la comunicacion integra.
  2. Apunta la fecha de efectos.
  3. Comprueba si es suspension o reduccion.
  4. Si es reduccion, anota porcentaje y forma de aplicacion.
  5. Revisa si hay explicacion de la causa.
  6. Guarda tus ultimas nominas.
  7. Confirma tus datos bancarios y de contacto.
  8. Vigila la inscripcion como demandante de empleo o la gestion colectiva.
  9. No aceptes trabajar "un poco" si estas suspendido sin entender bien las consecuencias.
  10. Si algo no cuadra, consulta pronto.

FAQ larga sobre ERTE en Tenerife 2026

Que significa exactamente estar en ERTE?

Significa que tu contrato se suspende temporalmente o que tu jornada se reduce temporalmente dentro de un procedimiento legal. No equivale a despido.

Me pueden meter en ERTE sin avisar?

Tiene que existir procedimiento y comunicacion. El "te quedas en casa y luego te lo explico" no es una forma seria de hacerlo.

Hace falta siempre haber cotizado 360 dias para cobrar?

No siempre en los mismos terminos. Para la prestacion contributiva en ERTE ETOP, con caracter general si. En fuerza mayor autorizado por la autoridad laboral, el SEPE marca una regla diferenciada. Si no llegas a 360 dias, puede entrar en juego el subsidio si cumples requisitos.

Cuanto se cobra de ERTE en 2026?

Depende de tu base reguladora, de si estas en suspension o reduccion, de si estas en los primeros 180 dias o despues, de los topes minimos y maximos y de tus circunstancias familiares.

Es verdad que se cobra el 70 % todo el tiempo?

Como regla general vigente de la prestacion contributiva, no. El SEPE mantiene 70 % los primeros 180 dias y 60 % a partir del dia 181.

La empresa puede llamarme a trabajar si estoy en suspension?

No deberia tratarte como si estuvieras plenamente disponible mientras sigues formalmente suspendido. Si cambia la situacion, debe articular la afectacion o desafectacion correctamente.

Puedo trabajar en otro sitio mientras estoy en ERTE?

Puede haber compatibilidades, pero debes comunicarlo y revisar el efecto en la prestacion. No lo dejes a la improvisacion.

El ERTE me quita antiguedad?

Depende del efecto concreto que se este analizando y del marco aplicable, pero no conviene responder con slogans. Si la antiguedad es decisiva para tu caso, revisala con documentos.

La empresa puede contratar a otra persona mientras yo estoy en ERTE?

La ley impone limites en nuevas contrataciones, externalizaciones y horas extra, con excepciones justificadas. Si ves que el mismo trabajo se cubre por otra via, preguntate por que.

Si el SEPE no me paga, tengo que esperar sin mas?

No. Hay que identificar el origen del problema y moverlo. A veces es un error de datos empresariales, otras una incidencia de reconocimiento o compatibilidad.

Si despues me despiden, automaticamente el despido es nulo?

No automaticamente. Pero puede abrirse una discusion importante sobre causa, contexto, exoneraciones y compromiso de mantenimiento del empleo.

Si soy empresario, que error me puede salir mas caro?

Con mucha frecuencia, dos: elegir mal la causa y gestionar fatal la ejecucion diaria del expediente.


Para trabajadores: como saber si necesitas ayuda juridica de verdad

No toda duda exige litigio. Pero hay situaciones donde pedir ayuda pronto cambia mucho el resultado.

Tiene sentido revisar tu caso cuanto antes si:

  • no entiendes si estas en suspension o reduccion;
  • el SEPE no paga o paga raro;
  • la empresa te hace trabajar estando afectado;
  • hay cambios constantes sin trazabilidad;
  • sospechas discriminacion o represalia;
  • te plantean un despido despues del expediente;
  • o simplemente ves que lo que pasa en la realidad no coincide con lo que figura en papel.

En esos supuestos no se trata solo de "tener razon". Se trata de:

  • ordenar prueba;
  • corregir errores a tiempo;
  • y evitar que un problema temporal acabe contaminando nominas, prestaciones, cotizacion y hasta un despido posterior.

Para empresas: cuando un buen asesoramiento evita un problema mayor

Muchas empresas consultan tarde. Muy tarde.

Consultan cuando:

  • la plantilla esta enfadada;
  • el SEPE empieza a devolver incidencias;
  • la gestoria duda;
  • o ya hay inspeccion o amenaza de demanda.

El momento correcto es antes.

Pedir revision juridica seria antes de presentar el expediente ayuda a:

  • elegir bien la via;
  • afinar la documentacion;
  • modular afectaciones;
  • reducir errores de implementacion;
  • y explicar mejor la medida a la plantilla.

Un ERTE bien planteado puede ser una herramienta de supervivencia temporal. Un ERTE mal hecho es una factura diferida.


CTA final: dos caminos distintos, una misma necesidad de hacerlo bien

Si eres trabajador

No normalices lo confuso.

Si te han comunicado un ERTE en Tenerife y no sabes si esta bien planteado, si el SEPE no te paga, si te siguen haciendo trabajar o si sospechas que tu empresa esta usando el expediente de forma irregular, lo importante no es leer veinte posts mas. Lo importante es revisar tu caso concreto.

En Alamo & Antunez podemos ayudarte a:

  • leer la comunicacion real;
  • detectar errores del expediente;
  • revisar cobros y documentacion;
  • valorar reclamacion frente a empresa o SEPE;
  • y preparar la estrategia si el problema deriva en despido o conflicto posterior.

Consulta inicial: 822 04 33 35
WhatsApp: https://wa.me/34822043335

Si eres empresa

Si estas valorando un ERTE o ya lo tienes en marcha y notas desorden en la ejecucion, este es el momento de parar y revisar.

Podemos ayudarte a:

  • validar si la causa encaja;
  • revisar documentacion y riesgo;
  • ordenar el procedimiento;
  • analizar impacto en plantilla;
  • y reducir el peligro de incidencias con SEPE, TGSS o Inspeccion.

En laboral, improvisar puede parecer mas barato durante una semana. Casi nunca lo es durante seis meses.


El ERTE sigue siendo en 2026 una figura util. Pero solo cuando se usa para lo que es.

Para la persona trabajadora, un ERTE puede ser una proteccion temporal razonable o una etapa de enorme confusion si la empresa lo ejecuta mal.
Para la empresa, puede ser una herramienta de continuidad o el inicio de una cadena de errores evitables.

Lo importante es quedarse con tres ideas:

  1. No todo ERTE es igual. Hay que distinguir ETOP, fuerza mayor, suspension, reduccion, exoneraciones y efectos concretos.
  2. La gestion practica importa tanto como la teoria. Un expediente que nace bien puede torcerse por una mala ejecucion diaria.
  3. La precision vale mas que las frases hechas. En 2026 ya no sirve repetir reglas COVID como si todo siguiera igual ni vender absolutos donde la ley exige matiz.

Si necesitas ayuda con un ERTE en Tenerife, ya sea como trabajador o como empresa, en Alamo & Antunez revisamos el caso con enfoque laboral real, documentacion en mano y sin humo.

Telefono: 822 04 33 35
WhatsApp: https://wa.me/34822043335


FAQ schema propuesto

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      "name": "Hace falta tener 360 dias cotizados para cobrar en un ERTE?",
      "acceptedAnswer": {
        "@type": "Answer",
        "text": "Con caracter general, para cobrar prestacion contributiva en un ERTE ETOP si hace falta haber cotizado al menos 360 dias dentro de los seis anos anteriores y no haber usado esas cotizaciones para otra prestacion. En los ERTE por fuerza mayor autorizados por la autoridad laboral existe una regla distinta segun la informacion oficial del SEPE."
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    {
      "@type": "Question",
      "name": "Puedo trabajar en otra empresa si estoy en ERTE?",
      "acceptedAnswer": {
        "@type": "Answer",
        "text": "Puede haber compatibilidades, pero hay que comunicar la nueva actividad y revisar su efecto sobre la prestacion. No conviene asumir que es compatible sin mas."
      }
    },
    {
      "@type": "Question",
      "name": "Que hago si mi empresa me hace trabajar estando en ERTE?",
      "acceptedAnswer": {
        "@type": "Answer",
        "text": "Conviene documentar mensajes, cuadrantes, fechas y tareas, y pedir asesoramiento cuanto antes. Si una persona suspendida sigue trabajando de forma real, puede existir un problema serio de ejecucion o incluso fraude."
      }
    },
    {
      "@type": "Question",
      "name": "La empresa no puede despedir durante seis meses despues de un ERTE?",
      "acceptedAnswer": {
        "@type": "Answer",
        "text": "No debe explicarse de forma absoluta. El compromiso de mantenimiento del empleo esta ligado a determinadas exoneraciones en la cotizacion y hay que revisar el expediente concreto, la fecha de finalizacion y la causa del despido posterior."
      }
    },
    {
      "@type": "Question",
      "name": "Quien tramita un ERTE en Canarias?",
      "acceptedAnswer": {
        "@type": "Answer",
        "text": "La tramitacion se canaliza ante la autoridad laboral competente y, en Canarias, existen tramites especificos del Gobierno de Canarias para expedientes de regulacion temporal y para el Mecanismo RED."
      }
    }
  ]
}